El plazo límite depende de la fecha en que se hizo el primer registro. Si no se inscriben, las firmas pueden ser sancionadas con multas de hasta $100.000.
La renovación de las inscripciones en el Registro Nacional de Bases de Datos de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) ya es posible a través de la página web de organismo. La inscripción depende del certificado de inscripción de cada uno, pero debe hacerse dentro de los 45 días anteriores al vencimiento del año de la inscripción.
En ese marco, como consecuencia de la falta de renovación se tendrá por no registrada la base, pudiendo aplicarse sanciones a la empresa que no registre sus bases mediante multas que van entre los $1.000 y $100.000, previstas en la disposión 7/2005.
Las sanciones se aplicaran a los responsables o usuarios de bases de datos, se hubieren inscripto o no en el registro correspondiente, explicó Monastersky, titular de Techlaw Abogados. Incluso, "la falta de pago de las multas aplicadas hará exigible su cobro por ejecución fiscal, constituyendo suficiente título ejecutivo el testimonio autenticado de la resolución condenatoria firme", agregó.
Más allá de la renovación de los registros, el especialista aseguró que las empresas deben implantar una correcta política de protección de datos, para evitar ser sancionadas. Incluso, indicó que debe complementarse con una constante actividad de seguimiento y actualización, pues de lo contrario, con el transcurso del tiempo, la evolución de la actividad de la compañía, la actualización legislativa tanto a nivel nacional como internacional y las diferentes acciones que lleve a cabo la DNPDP (pedidos de informes, gestión de reclamos, inspecciones, etc.) "la política implantada podría quedar rápidamente obsoleta".
Una base de datos es todo "conjunto organizado de datos de personas que sean objeto de tratamiento o procesamiento, cualquiera sea la modalidad de su formación, almacenamiento, organización o acceso". Pero las que deben inscribirse son las exceden el uso exclusivamente personal y las tendientes a producir informes.
Cabe destacar que la obligación de inscribir bases de datos había vencido originalmente en febrero del año pasado. Pero la fecha de terminación del plazo se prorrogó en varias oportunidades, la última hasta el 30 de abril de 2006.
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